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PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2018-2021

El pasado 1 de agosto del 2018 se firmó el convenio por el que la Comunitat Valenciana recibirá 213’85 M€. Dicha cantidad irá destinada, inicialmente, a ayudas al alquiler, ayudas a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual, fomento del parque de viviendas en alquiler, fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas, fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, fomento de la regeneración y renovación urbana y rural, ayuda a los jóvenes y fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad.

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BONIFICACIÓN EN EL IBI PARA LAS VIVIENDAS MÁS EFICIENTES.

 

El gobierno ha incluido en la Ley de Presupuestos del Estado del año que viene un importante cambio fiscal que afecta a las viviendas, en el que los ayuntamientos podrán establecer descuentos en el IBI de hasta el 20% a las viviendas y oficinas enérgicamente más eficientes.

Entrará por tanto en vigor a partir del 1 de Enero del 2016 con vigencia indefinida. Para ello se modifica la Ley del 2004 de Haciendas Locales en la cual se permite a los ayuntamientos rebajar el impuesto “hasta el 20%”a los inmuebles urbanos con certificado de eficiencia energética. La calificación del bien inmueble deberá ser acreditada ante el ayuntamiento por el sujeto pasivo aportando el certificado regulado en el real decreto de 2013 por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Para medir el grado de bonificación a aplicar en el impuesto se utilizará la nota del certificado de eficiencia energética implantado en 2013. La bonificación se aplicará de forma escalonada de mejor a peor según resultado de la calificación obtenida en dicho certificado, de manera que el 20% anunciado sólo se aplicará a los inmuebles más eficientes, los que obtengan una calificación tipo A.

La bonificación se distribuye de la siguiente forma:

– Calificación Tipo A hasta el 20%
– Calificación Tipo B hasta el 16%
– Calificación Tipo C hasta el 12%
– Calificación Tipo D hasta el 8%
– Calificación Tipo E hasta el 4%

Los inmuebles con una calificación Tipo F y G o sin calificación energética no podrán aplicar ninguna rebaja en el impuesto del IBI.

CÓMO CERTIFICAR LA VIVIENDA DE LA MEJOR FORMA.

Para obtener la calificación real de la vivienda y por tanto obtener la máxima bonificación en el impuesto del IBI que se merece el bien inmueble en cuestión, un técnico homologado como son los Arquitectos Técnicos, debe realizar un trabajo exhaustivo consistente en:

– Toma de datos reales, haciendo hincapié en la envolvente del edificio y sus instalaciones.
– Factores externos al edificio que influyen en la calificación como son la climatología del lugar, la orientación y las sombras que se aplican al edificio.

Éste certificado es obligatorio para todas las viviendas de nueva construcción y también para las que estén en venta o alquiler y se hayan construido antes del año 2007. En el caso de no contar con ella, la multa será de entre 300 y 6000 euros.

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